¿Quién debe cubrir los servicios del 24, 25, 31 de Diciembre y el 1, 5 y 6 de Enero?
Pues lo tenemos claro muchos de nosotros desde hace tiempo. LOS VIGILANTES QUE PRESTAN SERVICIO DE FORMA CONSTANTE EN ESE CENTRO. Ellos se comen lo bueno y también lo malo.
En el art. 41 del vigente convenio colectivo, dice que el V.S. librará al menos uno de las siguientes noches, o el 24 o el 31 de Diciembre.
Pero veamos posibles casos.
Si en el centro hay varios vigilantes, no hay duda, ellos se van rotando año tras año con los turnos, para cubrir los días 24 y 31. Un año trabaja el 24, al año siguiente el 31 y el tercer año libraría los dos días.
Si el centro tiene dos V.S. pues lo tienen más crudo, un año trabaja uno el 24 y otro el 31 y el año siguiente cambian los turnos para rotar.
Si el centro tiene un V.S. pues está claro, no se va a comer los dos días, habrá que mandar al correturnos o alguien que se haya contratado recientemente para cubrir uno de los dos días.
¿Y si en el centro no se trabajara ninguna de esas dos noches? Clarito, clarito, ese V.S. LIBRÁ SIEMPRE, PERO SIEMPRE, SIEMPRE LAS NOCHES DE ESOS DOS DÍAS.
Importante: Que no digan que son derechos adquiridos ya que llevo haciéndolo desde hace muchos años, de eso nada. LOS DERECHOS ADQUIRIDOS NO LOS ELEGIMOS NOSOTROS A NUESTRO ANTOJO. NOS LOS DA UN JUEZ Y POR SENTENCIA.
Si en el centro se trabaja los fines de semana, el V.S. según convenio tiene que tener uno libre y listo. Si tienes más fines de semana libres, mejor para el V.S. Pero si no se trabaja los fines de semana, pues tendrá todos los fines de semana libres y punto.
Es lo que hay. Cada uno tiene la suerte o la desgracia de las características del servicio en el que está. Es imposible poner igualdad donde existe desigualdad.
¿Y si es un servicio esporádico? El servicio hay que cubrirlo. Mira tú contrato que seguramente dirá que trabajarás a turnos y tienes que ir. Lo digo porque hay mucha gente de colegios que en su contrato pone de lunes a viernes.
¿Y si se pone enfermo el compañero uno de esos días? ¡PUFFF!
Si eres del centro, desde mi punto de vista deberías cubrir a tu compañero.
Si no perteneces al centro, pues sería un punto a tu favor, cara a la empresa, si vas a cubrirlo.
También te puedes negar a ir, ya que no lo tienes en tu cuadrante.
Hay que tener en cuenta que para todos son fechas entrañables.
Pero… Si tú no trabajas esos días porque en tu centro solo se trabaja de lunes a viernes y te mandan hacer una de esas noches, el 24 o 31 de diciembre y sabes que todos los V.S. de ese centro van a librar. Jejejejeje. ¿Eso se hará en todos los otros centros de la empresa? ¿O sólo en ese? ¿Y por qué no lo hacen los V.S. del centro? ¡uyyyyyyyyyyy! ¡Aquí hay TONGO!
Que no vengan diciendo eso de que como tú libras todos los fines de semana o todos los 24 y 31, pues ellos también tienen ese derecho. En primer lugar, eso no es un derecho, simplemente los turnos de mi centro de trabajo son así y en segundo lugar y vuelvo a repetirlo, cada uno tiene la suerte o la desgracia de las características del servicio en el que está.
¿Y los correturnos? Ellos no tienen un servicio fijo, están en varios centros y cambian las características de un centro a otro. ¿Deberían ellos librar los dos días? Sí, por supuesto que sí y estar solo por si algún compañero se pone enfermo, algún servicio esporádico o cuando el servicio es solo de un V.S.
Y el V.S. que normalmente está de noche. Él no tiene por qué hacer siempre uno de esos dos días al estar siempre de noche. Él también libra. Y pueden ser los dos días.
Y por último, que pasa con esos servicios del 24 o 31 por la tarde, el 25 o 1 de Enero de mañana, porque hay compañeros que no llegan al cómputo, sobre todo la gente de colegios. Pues, hay que hacerlos, pero tendremos que controlarlos, porque no es justo que se los pongan los mismos días a la misma gente.
Ya saben, miren sus cuadrantes.
JJ
"Sección Sindical SUSP Sindicato Unificado de Seguridad Privada en Eulen Seguridad"
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20 dic 2014
19 dic 2014
El Supremo mantiene los derechos del convenio aunque esté caducado
El Tribunal Supremo ha dado un duro golpe a uno de los pilares de la reforma laboral: el fin de la prórroga indefinida y automática de los convenios. El pleno de la Sala de lo Social del alto tribunal, por ocho votos frente a seis, falló el pasado 17 de diciembre que los derechos recogidos en los convenios para los trabajadores que ya están en plantilla siguen vigentes a pesar de que estos pactos colectivos hayan caducado y se haya agotado el año de prórroga legal sin acuerdo.
La reforma laboral de 2012 acabó con la ultraactividad, un concepto jurídico que dictaba que los convenios colectivos se prorrogaban automáticamente de forma indefinida hasta que empresarios y trabajadores hasta que no pactaban uno nuevo. La limitó a un solo año. Ahora, el Supremo, apoyándose en el caso de ATESE, una empresa balear, enmienda este punto al sentenciar que aunque los convenios decaigan al año de expirar su vigencia por no haber acuerdo, los derechos colectivos se mantienen porque, en realidad, forman parte de los contratos individuales de los trabajadores desde el mismo momento que se inició la relación laboral. Es decir, la sentencia afecta a los trabajadores que ya están en plantilla en el momento de la muerte del convenio, no a los contratados posteriormente.
Sigue leyéndolo aquí
http://economia.elpais.com/economia/2014/12/19/actualidad/1418978798_597023.html
La reforma laboral de 2012 acabó con la ultraactividad, un concepto jurídico que dictaba que los convenios colectivos se prorrogaban automáticamente de forma indefinida hasta que empresarios y trabajadores hasta que no pactaban uno nuevo. La limitó a un solo año. Ahora, el Supremo, apoyándose en el caso de ATESE, una empresa balear, enmienda este punto al sentenciar que aunque los convenios decaigan al año de expirar su vigencia por no haber acuerdo, los derechos colectivos se mantienen porque, en realidad, forman parte de los contratos individuales de los trabajadores desde el mismo momento que se inició la relación laboral. Es decir, la sentencia afecta a los trabajadores que ya están en plantilla en el momento de la muerte del convenio, no a los contratados posteriormente.
Sigue leyéndolo aquí
http://economia.elpais.com/economia/2014/12/19/actualidad/1418978798_597023.html
1 dic 2014
CURSOS DE RECICLAJE
Esta es la carta que la empresa Eulen Seguridad está entregando a los V.S. para comunicarles que se van a realizar durante los meses de noviembre y diciembre la acción formativa correspondiente al año 2014.
Lo de siempre, la gente que esté de acuerdo, que la firmen y listo.
Los que quieran manifestar su discrepancia con el contenido de la carta, que la firmen y que pongan NO CONFORME.
Y por último, los que no la quieran firmar, pues que no la firmen.
IMPORTANTE: TENEMOS QUE ASISTIR A LOS CURSOS, A NO SER QUE TENGAMOS ALGUNA CAUSA JUSTIFICADA PARA AUSENTARNOS.
En los cursos hay que diferenciar dos tipos. El curso de reciclaje que por ley y obligatoriamente tienen que hacer las empresas de seguridad a sus Vigilantes de Seguridad y los cursos de formación que hacen los clientes exclusivamente para los vigilantes que están en su servicio. En este caso, es un curso de reciclaje.
Estos cursos no se dan ni por los testículos ni por los ovarios de nadie, como se está diciendo por ahí.
Se dan porque vienen de Madrid y punto. Sí, sí, los cursos los planifica Madrid y se asignan a las diferentes delegaciones de Eulen Seguridad a nivel nacional.
Y ¿por qué se dan ahora? Al final de año, deprisa y corriendo. Muy sencillo, el sindicato USO a nivel nacional, presentó conflicto colectivo contra Eulen Seguridad por no impartir los cursos de reciclaje y que por ley están obligados a dar.
Aquí tienes el enlace de lo que digo:
http://usocanarias.org/?p=3415
http://ftsp-usolaspalmas.blogspot.com.es/2014/09/la-audiencia-nacional-cita-eulen.html
Así que, ese rumor que se está moviendo el comité, jejejeje se mueven lo mismo que la estatua de Alfredo Kraus del auditorio.
Como vemos, a Eulen no le ha quedado más remedio que realizar los cursos deprisa y corriendo para poder demostrar ante el juez, cuando le toque el juicio, que está realizando la formación obligatoria a sus vigilantes.
No quiero saber quién redactó esa carta, ni voy a calificarla, simplemente quiero matizar una serie de puntos.
Eso de… “la negativa a realizar...” Tenemos que tener claro que es distinto “negarse a ir al curso” a “no poder ir al curso”. Cuando nos dan el cuadrante nos organizamos familiarmente. El curso fue comunicado con poco tiempo, así que habrá alguien que algún día no pueda ir al curso, que llegue tarde o que tenga que salir antes. Son cosas que pasan.
Eso de… “sanción de infracción grave…” Parte de la plantilla me ha transmitido su malestar por el tono amenazante. Un sinsentido haberlo puesto ya que todos somos responsables de nuestros actos como bien ponen al final de la carta. POR FAVOR, NO VUELVAN A REPETIRLO, HAN QUEDADO MUY MAL.
Eso de… “seguir desempeñando su puesto de trabajo…” y “necesitar las actualizaciones pertinentes en las materias específicos del mismo...”
Como siempre están manipulando la información y amedrentando a los V.S.
¿Cuántos años llevamos en Eulen sin realizar cursos de reciclajes? ¿Y…?
Me dicen ahora que necesito hacer ese curso para trabajar. Los cursos son Instalaciones críticas y grandes superficies.
A ver, colegios es ¿instalaciones críticas o grandes superficies? ¿Alguien puede considerar a África como central nuclear?
Si en la carta indicasen que es formación complementaria, recomendada, aconsejable para nuestra formación por los diferentes puestos de trabajo en los que podemos prestar servicio, pues perfecto, todos sabemos que el saber no ocupa lugar.
Eso de... “deberá firmar el enterado y conforme...” Alguien se ha olvidado que en este país reina un estado democrático. Tengo derecho a no firmar y tengo derecho a no estar conforme.
Eso de… “Coordinadora de servicios”.
JJ
Los que quieran manifestar su discrepancia con el contenido de la carta, que la firmen y que pongan NO CONFORME.
Y por último, los que no la quieran firmar, pues que no la firmen.
IMPORTANTE: TENEMOS QUE ASISTIR A LOS CURSOS, A NO SER QUE TENGAMOS ALGUNA CAUSA JUSTIFICADA PARA AUSENTARNOS.
En los cursos hay que diferenciar dos tipos. El curso de reciclaje que por ley y obligatoriamente tienen que hacer las empresas de seguridad a sus Vigilantes de Seguridad y los cursos de formación que hacen los clientes exclusivamente para los vigilantes que están en su servicio. En este caso, es un curso de reciclaje.
Estos cursos no se dan ni por los testículos ni por los ovarios de nadie, como se está diciendo por ahí.
Se dan porque vienen de Madrid y punto. Sí, sí, los cursos los planifica Madrid y se asignan a las diferentes delegaciones de Eulen Seguridad a nivel nacional.
Y ¿por qué se dan ahora? Al final de año, deprisa y corriendo. Muy sencillo, el sindicato USO a nivel nacional, presentó conflicto colectivo contra Eulen Seguridad por no impartir los cursos de reciclaje y que por ley están obligados a dar.
Aquí tienes el enlace de lo que digo:
http://usocanarias.org/?p=3415
http://ftsp-usolaspalmas.blogspot.com.es/2014/09/la-audiencia-nacional-cita-eulen.html
Así que, ese rumor que se está moviendo el comité, jejejeje se mueven lo mismo que la estatua de Alfredo Kraus del auditorio.
Como vemos, a Eulen no le ha quedado más remedio que realizar los cursos deprisa y corriendo para poder demostrar ante el juez, cuando le toque el juicio, que está realizando la formación obligatoria a sus vigilantes.
No quiero saber quién redactó esa carta, ni voy a calificarla, simplemente quiero matizar una serie de puntos.
Eso de… “la negativa a realizar...” Tenemos que tener claro que es distinto “negarse a ir al curso” a “no poder ir al curso”. Cuando nos dan el cuadrante nos organizamos familiarmente. El curso fue comunicado con poco tiempo, así que habrá alguien que algún día no pueda ir al curso, que llegue tarde o que tenga que salir antes. Son cosas que pasan.
Eso de… “sanción de infracción grave…” Parte de la plantilla me ha transmitido su malestar por el tono amenazante. Un sinsentido haberlo puesto ya que todos somos responsables de nuestros actos como bien ponen al final de la carta. POR FAVOR, NO VUELVAN A REPETIRLO, HAN QUEDADO MUY MAL.
Eso de… “seguir desempeñando su puesto de trabajo…” y “necesitar las actualizaciones pertinentes en las materias específicos del mismo...”
Como siempre están manipulando la información y amedrentando a los V.S.
¿Cuántos años llevamos en Eulen sin realizar cursos de reciclajes? ¿Y…?
Me dicen ahora que necesito hacer ese curso para trabajar. Los cursos son Instalaciones críticas y grandes superficies.
A ver, colegios es ¿instalaciones críticas o grandes superficies? ¿Alguien puede considerar a África como central nuclear?
Si en la carta indicasen que es formación complementaria, recomendada, aconsejable para nuestra formación por los diferentes puestos de trabajo en los que podemos prestar servicio, pues perfecto, todos sabemos que el saber no ocupa lugar.
Eso de... “deberá firmar el enterado y conforme...” Alguien se ha olvidado que en este país reina un estado democrático. Tengo derecho a no firmar y tengo derecho a no estar conforme.
Eso de… “Coordinadora de servicios”.
JJ
17 nov 2014
INTA
Eulen Seguridad adquirió el servicio de vigilancia de INTA (INSTITUTO NACIONAL DE TÉCNICA AEROESPACIAL) en el año 2012. Desde ese tiempo, alguien, lo llamaremos de aquí en adelante ESTE TÍO, estuvo echándole el ojo para ver si se podía sacar a alguien para meterse él. Lo de siempre, que si patatín, que si patatán, que los típicos mamoneos, amiguismo y enchufismo y al final lo consiguió. ESTE TÍO entró en INTA y por consiguiente un VIGILANTE QUE ESTABA EN INTA salió.
Y ¿Por qué? Jejeje, en ese servicio hay golosinas y es que se paga unos cuantos pluses de más en la nómina y como todos sabemos… la pela es la pela.
Las consecuencias… jejeje, eso no importa, que se aguante al que le toca. Primero es ESTE TÍO y al resto que le den. Total, ESTE TÍO no va a pagar las consecuencias.
¿O sí importan las consecuencias? ¿Y para quién?
Cuál fue su desdicha cuando se enteró en el mes de julio del 2013 que integral coge el servicio a partir de enero. Pues nada, no hay problema, se va ESTE TÍO y mete a OTRO V.S. POR ÉL.
¿Y qué pasó con el VIGILANTE QUE ESTABA EN INTA? Desconozco lo que ha hecho, pero está de servicio en servicio en Eulen. No sé más.
Todos sabemos que los miembros del comité eligen si quieren o no ser subrogados con la empresa entrante.
Todos sabemos que para que un vigilante sea subrogado tiene que haber prestado servicio en ese centro al menos 7 meses antes de la subrogación.
Todos sabemos que de julio a enero no hay 7 meses.
Conclusión:
Eulen va a entregar el servicio de INTA a integral con un vigilante menos. Un chollo para integral que, conociendo a integral, meterá a alguien de su confianza.
Eulen incrementa su plantilla con DOS Vigilantes, el VIGILANTE QUE ESTABA EN INTA y el OTRO V.S. POR ÉL, ambos los tienen que recoger Eulen ya que no son subrogables por no cumplir los 7 meses en el servicio. Este incremento nos perjudica a todos ya que Eulen no tiene suficientes servicios para absorber a estos dos V.S., por lo que a algunos les faltarán horas para llegar al cómputo.
Y todo para que ESTE TÍO se lleve durante unos pocos meses un dinerito extra en su nómina con los pluses.
Esto me recuerda cuando Eulen perdió el servicio de Carrefour, Red Eléctrica y otros tantos servicios más.
JJ
P.D. Espero que al OTRO V.S. POR ÉL no lo dejen en el servicio porque puede ser, que es lo más probable, que la empresa entrante no lo subrogue y entonces ni está en Eulen ni en la empresa entrante. Esto me suena a la subrogación del aeropuerto. Eulen no cambia.
Y ¿Por qué? Jejeje, en ese servicio hay golosinas y es que se paga unos cuantos pluses de más en la nómina y como todos sabemos… la pela es la pela.
Las consecuencias… jejeje, eso no importa, que se aguante al que le toca. Primero es ESTE TÍO y al resto que le den. Total, ESTE TÍO no va a pagar las consecuencias.
¿O sí importan las consecuencias? ¿Y para quién?
Cuál fue su desdicha cuando se enteró en el mes de julio del 2013 que integral coge el servicio a partir de enero. Pues nada, no hay problema, se va ESTE TÍO y mete a OTRO V.S. POR ÉL.
¿Y qué pasó con el VIGILANTE QUE ESTABA EN INTA? Desconozco lo que ha hecho, pero está de servicio en servicio en Eulen. No sé más.
Todos sabemos que los miembros del comité eligen si quieren o no ser subrogados con la empresa entrante.
Todos sabemos que para que un vigilante sea subrogado tiene que haber prestado servicio en ese centro al menos 7 meses antes de la subrogación.
Todos sabemos que de julio a enero no hay 7 meses.
Conclusión:
Eulen va a entregar el servicio de INTA a integral con un vigilante menos. Un chollo para integral que, conociendo a integral, meterá a alguien de su confianza.
Eulen incrementa su plantilla con DOS Vigilantes, el VIGILANTE QUE ESTABA EN INTA y el OTRO V.S. POR ÉL, ambos los tienen que recoger Eulen ya que no son subrogables por no cumplir los 7 meses en el servicio. Este incremento nos perjudica a todos ya que Eulen no tiene suficientes servicios para absorber a estos dos V.S., por lo que a algunos les faltarán horas para llegar al cómputo.
Y todo para que ESTE TÍO se lleve durante unos pocos meses un dinerito extra en su nómina con los pluses.
Esto me recuerda cuando Eulen perdió el servicio de Carrefour, Red Eléctrica y otros tantos servicios más.
JJ
P.D. Espero que al OTRO V.S. POR ÉL no lo dejen en el servicio porque puede ser, que es lo más probable, que la empresa entrante no lo subrogue y entonces ni está en Eulen ni en la empresa entrante. Esto me suena a la subrogación del aeropuerto. Eulen no cambia.
5 nov 2014
¿Cuantos Presidentes de Comités de Empresa en Seguridad Privada tiene tarjeta de Empresa? ¿Es Black?
Lo que esta claro es que la pasividad y la falta de control de las Empresas de Seguridad esta asegurada en todos los Comités de Empresa de nuestro sector?
Si no por las tarjetas si por complementos en las nominas y las horas sindicales a discrecion, el caso es que ni una sola empresa discute con su Presidente del Comité de empresa o los sindicatos que los ponen.
De estos Comités de Empresa totalmente comprados, salen los mangantes que luego se sientan en la mesa negociadora del convenio colectivo. Algunos liberados en dos empresas, con sus dos sueldos.
La corrupción en los sindicatos endémicos, al igual que en los partidos políticos es algo habitual a todos los niveles, pues eso, lo habitual, habitual es...
corrupción sindicalista
JJ
Lo que esta claro es que la pasividad y la falta de control de las Empresas de Seguridad esta asegurada en todos los Comités de Empresa de nuestro sector?
Si no por las tarjetas si por complementos en las nominas y las horas sindicales a discrecion, el caso es que ni una sola empresa discute con su Presidente del Comité de empresa o los sindicatos que los ponen.
De estos Comités de Empresa totalmente comprados, salen los mangantes que luego se sientan en la mesa negociadora del convenio colectivo. Algunos liberados en dos empresas, con sus dos sueldos.
La corrupción en los sindicatos endémicos, al igual que en los partidos políticos es algo habitual a todos los niveles, pues eso, lo habitual, habitual es...
corrupción sindicalista
JJ
1 nov 2014
Bueno, en estos once meses, algo ha cambiado en la empresa.
Hay un nuevo Jefe de Operaciones, sin comentarios.
Se despidió a los tres compañeros que estaban en la obra de Guía. Mala actuación por parte de la empresa.
Ray.. ya no está tanto en la oficina, de la que nos hemos librado.
Hay una nueva inspectora, Ru... Será la que haga las inspecciones y viene con las funciones delegadas (por fin se cumple la Ley de Seguridad del 92). A ver cómo le va y cómo nos irá.
Ya no está Fra.. en la oficina, por fin se cumple la Ley de Seguridad del 92. Se volvió a poner el uniforme.
Cómo siempre el comité sigue sin reunirse.
Y que seguiré pasando por los centros para hablar con los compañeros/as.
JJ
Hay un nuevo Jefe de Operaciones, sin comentarios.
Se despidió a los tres compañeros que estaban en la obra de Guía. Mala actuación por parte de la empresa.
Ray.. ya no está tanto en la oficina, de la que nos hemos librado.
Hay una nueva inspectora, Ru... Será la que haga las inspecciones y viene con las funciones delegadas (por fin se cumple la Ley de Seguridad del 92). A ver cómo le va y cómo nos irá.
Ya no está Fra.. en la oficina, por fin se cumple la Ley de Seguridad del 92. Se volvió a poner el uniforme.
Cómo siempre el comité sigue sin reunirse.
Y que seguiré pasando por los centros para hablar con los compañeros/as.
JJ
7 ago 2014
Jj,gracias por todo,gracias a los pocos compañeros que he tenido.A los sindicalistas de ccoo y ugt,envidiosos vividores,por ustedes está la cosa así en Eulen seguridad en Las Palmas de Gran Canaria.A los que he podido no gustar,pedirles perdón,a los que me han ayudado eternos agradecimientos.A la dirección de la empresa,márchense por el bien de los trabajadores de todos los sectores,son unos ineptos y corruptos.Les llegará su momento.Suerte a todos y no se olviden de luchar por sus derechos.Ellos aprietan,pero con fuerza no consiguen ahogarnos.SALUD Y SUERTE!!!!
12 jun 2014
Pufff. Menos mal, por fin una reunión del comité de empresa después de más
de un año, la última fue el 17/4/13.
¡¡Como aquí nunca pasa nada!! Para algunos, claro…
Bueno, la reunión fue mal convocada, pero bueno, como la pedía la empresa esperemos que para la próxima afinen un poco más y lo hagan con 48 horas de antelación y con un orden del día. Se habló de:
Cursos de formación. Seguimos igual que siempre con nuestra formación como profesionales de la seguridad. NO COMENT.
Van a convocar una reunión con toda la gente de colegio porque no cuadran las horas. Jejeje el mismo rollo de todos los años.
Acabó el servicio de la obra de Guía el día 10 de Junio de 2014 y los 3 V.S. han sido despedidos. Vamos a luchar en los juzgados esta injusticia.
Del resto, sigo sin tener los cuadrantes de los servicios, no me han dado la documentación que se pidió a la empresa hace dos años, no me informan de lo que sucede en la empresa,… vamos… que no ha cambiado nada.
Si esto sigue así, hasta la próxima reunión del comité, es decir, hasta dentro de un año o más…
¡¡Como aquí nunca pasa nada!! Para algunos, claro…
Bueno, la reunión fue mal convocada, pero bueno, como la pedía la empresa esperemos que para la próxima afinen un poco más y lo hagan con 48 horas de antelación y con un orden del día. Se habló de:
Cursos de formación. Seguimos igual que siempre con nuestra formación como profesionales de la seguridad. NO COMENT.
Van a convocar una reunión con toda la gente de colegio porque no cuadran las horas. Jejeje el mismo rollo de todos los años.
Acabó el servicio de la obra de Guía el día 10 de Junio de 2014 y los 3 V.S. han sido despedidos. Vamos a luchar en los juzgados esta injusticia.
Del resto, sigo sin tener los cuadrantes de los servicios, no me han dado la documentación que se pidió a la empresa hace dos años, no me informan de lo que sucede en la empresa,… vamos… que no ha cambiado nada.
Si esto sigue así, hasta la próxima reunión del comité, es decir, hasta dentro de un año o más…
19 may 2014
7 dic 2013
Hola quisiera preguntar sobre las nominas de los compañeros de tiempo
parcial, a ellos no les pone su precio de la hora extra ni la cantidad
de ellas que han realizado. ¿es legal esto, no les lleva a una cierta
indefensión( al no tener claro la cantidad y precio) ? Ellos pueden
hacer horas art. 12 E.T. GRACIAS
3 dic 2013
23 nov 2013
QUE MAL ME HUELE ESTO
Me han estado llamando varios
compañeros preguntándome si la empresa va a pagar las horas extras. Según me
han informado SÍ LAS VAN A PAGAR.
Así que para calcular las horas
extras nada más sencillo que coger todos los cuadrantes, sumar todas las horas que
hemos hecho cada mes (de Enero a Diciembre) y restarle 1782.
Si te sale positivo, esas son las
horas extras que te tienen que pagar en Enero.
Si te sale negativo, esas horas negativas
NO se las debes a la empresa, te digan lo que te digan. El día 1 de Enero
pasarías con CERO HORAS.
Si no quieres hacer horas extras, llamas
al teléfono de guardia para que te quiten en Diciembre las horas de más que
tienes.
Eso sí, no seamos más papistas que
el Papa. En mi caso particular, no hago horas extras y tengo que hacer en
Diciembre 157,75, la empresa me puso 160. Bueno me tienen que pagar 2 horas, por
hacer dos horas de más no pasa nada, que me las paguen y listo.
También me han llamado diciendo que
hay vigilantes que deben una cantidad de horas, ¡qué mal me huele estoooooo!
Como la empresa sabe que muchos vigilantes
no tienen los cuadrantes al día, no se puede demostrar realmente las horas que
tienen y se están aprovechando de eso para que hagan unas cuantas horas y que se
las pague Rita la Cantadora.
A PARTIR DE AHORA TENEMOS QUE TENER
TODOS LOS CUADRANTES DEL MES Y SIEMPRE ACTUALIZADOS AL DÍA EN LOS TURNOS Y SERVICIOS A
LOS QUE VAMOS.
No sé por qué pero a mí me da que
no las van a pagar, espero equivocarme.
JJ
16 nov 2013
TURNOS-HORARIOS-CUADRANTES
Este año salió el convenio 2012-14 y como ya sabemos cambian varias cosas respecto al cómputo mensual. Por tanto tenemos todos que manter nuestros cuadrantes al día y anotar todo lo que ocurre en los horarios o turnos, como por ejemplo:
- Tal día me llegó el relevo tarde, hice una hora de más.
- Lleve el coche a tal servicio el día tal para que me paguen el kilometraje.
- No fui a trabajar porque me encontraba mal o porque me llamó la empresa y me dijo que no fuera.
- Fui a un juicio a tal hora.
- Me llamaron y me dijeron que entraba a tal hora.
- De tal día a tal día pedí permiso por boda, bautizo, fallecimiento o lo que sea.
Porque después no nos acordamos y estamos con la mosca detrás de la oreja ya que la empresa dice que ese día se hizo tal cosa y a mí no me suena eso.
PIDAN SIEMPRE QUE SE LES ENTREGUEN EL CUADRANTE ACTUALIZADO FIRMADO Y SELLADO
IMPORTANTE:
Calculen siempre las horas que hacen y anótela en el cuadrante del mes dentro de un recuadro.
- Tal día me llegó el relevo tarde, hice una hora de más.
- Lleve el coche a tal servicio el día tal para que me paguen el kilometraje.
- No fui a trabajar porque me encontraba mal o porque me llamó la empresa y me dijo que no fuera.
- Fui a un juicio a tal hora.
- Me llamaron y me dijeron que entraba a tal hora.
- De tal día a tal día pedí permiso por boda, bautizo, fallecimiento o lo que sea.
Porque después no nos acordamos y estamos con la mosca detrás de la oreja ya que la empresa dice que ese día se hizo tal cosa y a mí no me suena eso.
PIDAN SIEMPRE QUE SE LES ENTREGUEN EL CUADRANTE ACTUALIZADO FIRMADO Y SELLADO
IMPORTANTE:
Calculen siempre las horas que hacen y anótela en el cuadrante del mes dentro de un recuadro.
13 nov 2013
EN HONOR A LA MEMORIA DE SANTIAGO
Aunque no soy futbolero, pero en estos días y en diferentes medios de comunicación se está informando a la opinión pública del posible cambio del nombre del estadio del Real Madrid "SANTIAGO BERNABÉU" por el de "microsoft center" o algo así. El administrador de este blog es contrario a dicha iniciativa y manifiesta públicamente:
¡¡¡NO A LA MODIFICACIÓN DEL NOMBRE DEL ESTADIO NI DE TU INFORME DIARIO!!!
Click en la imagen para ampliarla
¡¡¡NO A LA MODIFICACIÓN DEL NOMBRE DEL ESTADIO NI DE TU INFORME DIARIO!!!
Click en la imagen para ampliarla
28 oct 2013
ADIÓS CAMPUS UNIVERSITARIO PARA EULEN
Como todos sabemos se perdió el servicio de seguridad de la Residencia Universitaria (aunque siguen los auxiliares) y ahora todo el campus universitario es de Integral (que raro). Con ella se van unas cuantas horas para llegar al cómputo que podrían haber hecho varios compañeros. ¡Mala suerte!
Espero que sea un caso asilado y que la empresa trabaje para mantener los servicios que tiene y que coja más.
De la misma manera, espero (la esperanza es lo último que se pierde) que se cumpla con el convenio y demás legislación vigente para con la empresa entrante y los posibles vigilantes subrogables.
JJ
Espero que sea un caso asilado y que la empresa trabaje para mantener los servicios que tiene y que coja más.
De la misma manera, espero (la esperanza es lo último que se pierde) que se cumpla con el convenio y demás legislación vigente para con la empresa entrante y los posibles vigilantes subrogables.
JJ
22 oct 2013
LOS CUADRANTES ANUALES
Varios compañeros me han planteado diversas
dudas sobre la nueva norma que marca el convenio para computar las horas. Vamos
a explicarlo, pero hay que tener en cuenta los tipos de contratos que tiene
cada uno ya que hay una gran variedad.
IMPORTANTE, EN UNA CARPETA GUARDEN LAS NÓMINAS, LOS CUADRANTES, BAJAS MÉDICAS, ETC.
ANOTEN EN LOS CUADRANTES LOS CAMBIOS O PIDAN A LA EMPRESA QUE SE LOS DEN ACTUALIZADOS, FIRMADOS Y SELLADOS
ANOTEN EN LOS CUADRANTES LOS CAMBIOS O PIDAN A LA EMPRESA QUE SE LOS DEN ACTUALIZADOS, FIRMADOS Y SELLADOS
Lo primero que hay que hacer es
calcular el cómputo mensual. Hay compañeros que están contratados a 35 h., 30
h., 25 h., media jornada o por horas anuales.
¿Cómo se calcula el cómputo mensual?
Nos vamos a nuestro contrato y
buscaremos el apartado que especifica las horas o la jornada a realizar. Aquí
podemos tener varios casos.
Ejemplo 1: Que son 40 horas
semanales o lo que es lo mismo jornada completa, pues ya sabemos que hay que realizar
1.782 horas anuales y el cómputo mensual es 162 h.
Ejemplo 2: Que son 20 horas
semanales o lo que es lo mismo media jornada, son 891 horas anuales y el
cómputo mensual es 81 h.
Ejemplo 3: Que son 25 horas
semanales. Ese dato lo tenemos que multiplicar por 44,55 y el resultado
dividirlo entre 11.
1.113,75
horas anuales = 25 x 44,55 = 1.113,75
h. cómputo mensual = ---------------- = 101,25 h.
11
Ejemplo 4: Que son 1.360,7 horas
anuales. Este dato lo dividimos entre 11.
cómputo mensual = ------------- =
123,7 h.
11
Ejemplo 5: Algunos no encontrarán
su contrato o la jornada laboral. Que me llamen ya que en este caso habrá que
calcularlo por el salario base de la nómina.
El ejemplo 4 es un caso real, el
compañero me aseguraba que estaba a 30 horas semanales pero que no le salían
los números. Lo primero es LEER EL CONTRATO Y BUSCAR LA JORNADA DE TRABAJO. Tenía que realizar al año 1.360,7 horas. Vamos a calcular el cómputo
mensual y la jornada semanal:
1.360,7
1.360,7
cómputo mensual =
-------------- = 123,7 h. horas semanales = --------------- = 30,54
h.
11 44,55
El compañero estaba equivocado. NO
está a 30 horas semanales, si no a 30,54 horas semanales. No había tenido en
cuenta esas 0,54 horas semanales y que semana tras semana, al año, hacen unas
cuantas horas que no había tenido en cuenta. Por eso es importante leer nuestro
contrato.
¿Y si la empresa nos dice que ese
no es nuestro cómputo sino otro? Habrá que pasarse que lo expliquen.
Ya sabemos cómo calcular nuestro
cómputo mensual.
Según el art. 41 del convenio 2012-14, para los que tengan la jornada completa, es decir 40 horas semanales
o lo que es lo mismo 1.782 horas anuales, con un cómputo mensual de 162 h. se
establece una horquilla con un cómputo mínimo de 144 h. y máximo de 176 h. para
todos los meses, excepto Febrero que será de 134 h. a 162 h. Para los otros
contratos, se ajustará proporcionalmente a las horas contratadas.
Vamos a calcular el cómputo mínimo
y máximo de los ejemplos anteriores:
Ejemplo 1: Que tenemos 40 horas
semanales. Es el más fácil ya que lo marca el convenio:
Mensual: cómputo mínimo = 144 h. Cómputo
Máximo = 176 h.
Febrero: cómputo mínimo = 134 h. Cómputo
Máximo = 162 h
Ejemplo 2: Que tenemos 20 horas
semanales. Sabemos que son 81 h. de cómputo mensual. Ahora tenemos que calcular
la parte proporcional.
81
x 144 81
x 176
Mensual cómp. mínimo = ------------------- = 72 h. Cómp.
Máximo = ------------------ = 88 h.
162 162
81
x 134 81
x 162
Febrero cómp. mínimo = -------------------
= 67 h. Cómp. Máximo = ---------------- = 81 h.
162 162
Ejemplo
3: Que tenemos 25 horas semanales. Sabemos que son 101,25 h. de cómputo
mensual. Ahora tenemos que calcular la parte proporcional.
101,25
x 144 101,25
x 176
Mensual
cómp. mínimo = -------------------- = 90 h. Cómp.
Máximo = ---------------------- = 110 h.
162 162
101,25
x 134 101,25
x 162
Febrero
cómp. mínimo = -------------------- = 83,75 h. Cómp.
Máximo = -------------------- = 101,25 h.
162 162
Ejemplo 4: Que tenemos 1.360,7
horas anuales. Sabemos que son 123,7 de
cómputo mensual. Ahora tenemos que calcular la parte proporcional.
123,7
x 144 123,7
x 176
Mensual
cómp. mínimo = -------------------- = 109,95 h. Cómp.
Máximo = -------------------- = 134,39 h.
162 162
123,7
x 134 123,7
x 162
Febrero
cómp. mínimo = -------------------- = 102,32 h. Cómp.
Máximo = -------------------- =123,7 h.
162 162
EL QUE HAYA PRESENTADO EL ESCRITO PORQUE
QUIERE ESTAR A CÓMPUTO, LA EMPRESA NO DEBE PONERTE EN EL CUADRANTE MÁS HORAS
QUE EL CÓMPUTO MÁXIMO.
SI LA EMPRESA NO TE PONE EN EL
CUADRANTE TU CÓMPUTO MÍNIMO, NO TIENES QUE RECUPERAR NINGUNA HORA. ESE MES TE
TIENEN QUE PONER EN EL CUADRANTE TU CÓMPUTO MÍNIMO AUNQUE SOLO HAYAS TRABAJADO
10 HORAS.
El siguiente cambio en el nuevo
convenio es que AHORA EL CÓMPUTO ES ANUAL.
En el anterior convenio el cómputo
era mensual, es decir, cuando en nuestro cuadrante había más horas que nuestro
cómputo mensual, automáticamente eran horas extras.
CON EL NUEVO CONVENIO EL CÓMPUTO ES
ANUAL. Tenemos que hacer una cantidad de horas anuales y la empresa utilizando
la horquilla puede distribuir mensualmente las horas como quiera.
¿Cómo se hace esto?
Pongamos como ejemplo que
nuestro contrato es FIJO y de media jornada, es decir, tenemos que hacer 891 h.
anuales, un cómputo mensual de 81 h., cómputo mínimo de 72 h. y computo máximo
88 h. para todos los meses y en Febrero 67 h. y 81 h.
Según esos datos sabemos que deberíamos
hacer más o menos 81 horas al mes para trabajar uniformemente ya que si no, un
mes trabajaríamos muchas horas y otros pocas horas.
La empresa, supongo, que habrá el
cuadrante anual y debería dar al trabajador según convenio y para
conciliar su vida laboral, familiar, social, etc., los 12 cuadrantes aunque a
priori sean provisionales. Si hay cambios, que sean mínimos, procurando no
modificar los días libres ya que los utilizamos para organizar nuestra vida
privada.
Nos dan los cuadrantes con las
siguientes horas:
enero febrero
marzo abril mayo
junio julio agosto septiembre octubre
noviembre diciembre
80 70 72 72
72 100 100
vacaciones 100 72
72 81
De Enero a Abril nuestro cómputo
está entre el máximo y el mínimo según su mes.
En Mayo está OK, en Junio y Julio hemos
sobrepasado nuestro cómputo máximo que es de 88 h. (estamos a media jornada) y
esas horas se consideran horas extras. ¿Cuantas horas extras? En cada mes
tenemos 100 h. – 88h. = 12 h. por 2 meses 24 h. extras y en Agosto cogemos
vacaciones.
Peeeeeeeeeeeeeeeero, según el art. 42 del nuevo convenio, la empresa puede abonar esas horas extras en nómina o te los pueden dar en días libres y la empresa ya te las puso como días libres, si, si, si, si, ya los libraste ¿en dónde están? en Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Octubre y Noviembre, hay que fijarse que solo se hace en esos meses el cómputo mínimo, no llegas a esas más o menos 81 horas mensuales y toca recuperarlas en junio, julio y septiembre.
¡ATENCIÓN PREGUNTA! ¿Pagará la
empresa esas horas extras? No lo sé, pero en nuestra profesión, todos sabemos
que el cuadrante sufre a lo largo del año alguna que otra variación (poquitas
variaciones, por eso de conciliar la vida familiar) debido a las bajas médicas
de compañeros, los que tienen que ir a juicio o al médico, servicios
esporádicos, cosas raras que ocurren en EULEN, etc. Debido a esto, al final del año las
empresas tendrían que pagar un chorro de horas extras.
Pero hay que tener en cuenta que la
empresa tendrá hecho el cuadrante de Septiembre, Octubre, Noviembre y
Diciembre. La empresa ya sabe las horas que vamos a trabajar hasta final de año y le va a salir
más rentable quitarte esas horas en Junio, Agosto y Septiembre para no
sobrepasar tu cómputo máximo (así no paga horas extras) y aumentarte las horas en Septiembre, Octubre,
Noviembre y Diciembre. Yo creo que harán esto
último, es decir un mes con unas pocas horas de más y otro mes con unas pocas horas
de menos, por lo tanto ¡ADIÓS A LAS HORAS EXTRAS!
En Septiembre hay 12 horas extras (¿las pagarán?) y
el resto, Octubre, Noviembre y Diciembre estas casi al cómputo mínimo. En el último
cuatrimestre es cuando la empresa reajustaría el total de horas anuales para
pagar ninguna o poquitas horas extras.
Si en Diciembre haces más horas que tu cómputo anual, no les queda más remedio que pagarte esas horas extras y si te quedas con horas negativas NO DEBES NADA, ya que en Enero del siguiente año pasas con CERO horas.
Si en Diciembre haces más horas que tu cómputo anual, no les queda más remedio que pagarte esas horas extras y si te quedas con horas negativas NO DEBES NADA, ya que en Enero del siguiente año pasas con CERO horas.
Lo lógico es que las horas del
cuadrante sea un número muy próximo por exceso o defecto a nuestro cómputo
mensual.
Como vemos al año hacemos 891 h.
Para los FIJOS DISCONTINUOS, EVENTUALES, CONTRATADOS PARA SUSTITUIR VACACIONES, BAJAS, ETC. se calcularía la parte proporcional de trabajo efectivo del cómputo anual.
Seguimos con el supuesto que
nuestro contrato es a media jornada, tenemos que hacer 891 h. anuales, un
cómputo mensual de 81 h., cómputo mínimo de 72 h. y computo máximo 88 h. para
todos los meses y en Febrero 67 h. y 81 h.
Iniciamos nuestro contrato el 10 de
Septiembre y terminamos el 20 de Diciembre.
Como no trabajamos todos los meses
completos, hay que calcular la parte proporcional de Septiembre y Diciembre.
Septiembre: Días del mes = 30
Días trabajados =21 (del 10-9 al 30-9 ambos inclusive)
21 x 81
comp. mes septiembre = ------------- = 56,7 h.
30
56,7 x 144
56,7 x 176
comp. mínimo mes sep. =
------------------- = 50,4 h. comp.
máximo mes sep = -------------------- = 61,6 h.
162
162
Octubre y Noviembre trabajamos todo
el mes, luego hacemos nuestro cómputo mensual.
Diciembre: Días del mes = 31 Días trabajados = 20 (del 1-12 al 20-12 ambos inclusive)
20 x 81
comp. mes diciembre = ------------- = 52,26 h.
31
52,26 x 144 52,26 x 176
comp. mínimo mes dic. =
---------------------- = 46,45 h. comp.
máximo mes dic = --------------------- = 56,78 h.
162
162
sep oct
nov dic
Es decir, tenemos que realizar de
trabajo efectivo 56,7 + 81 + 81 + 52,26
= 270,96 h.
Y a partir de aquí lo mismo que
antes. Si te pasas de tu cómputo mensual máximo o acabas en Diciembre con más
de 270,96 h., serían horas extras y si no las cumples, no debes nada.
¿Y las vacaciones? Como no llevas
un año de servicio, la empresa te las puede dar o pagártelas en nómina.
Otro cambio con el nuevo convenio es que los centros que tengan una duración igual o superior a un año, la empresa tiene que hacer el cuadrante anual con los turnos, descansos y vacaciones de los que presten servicio en ese centro. Así que podemos pedir nuestro cuadrante anual.
JJ
21 oct 2013
14 oct 2013
8 oct 2013
a ver si es verdad que se denuncia, que un representante sindical de ccoo hace funciones de cargo en la empresa.
por lo pronto jefe de equipo reconocido, y ahora realizar cuadrantes gestiones etc...
recordemos que ya una vez denuncio a eulen para querer ser inspector; a quien querra cortar ahora la cabeza, que los nuevos tengan cuidadito y lo conoscan un poquito mas.
por lo pronto jefe de equipo reconocido, y ahora realizar cuadrantes gestiones etc...
recordemos que ya una vez denuncio a eulen para querer ser inspector; a quien querra cortar ahora la cabeza, que los nuevos tengan cuidadito y lo conoscan un poquito mas.
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